DYLE Nº3
Los orígenes y el carácter confederal del FEAE en España
Xabier Garagorri Yarza
Ex presidente de FEAE
Resumen: El carácter confederal es el “principio esencial” para la organización y el funcionamiento interno del Forum Estatal de acuerdo con la idea fundacional y los Estatutos aprobados en 1996. De acuerdo con los Estatutos de 1996, son los Foros Territoriales quienes constituyen el Forum Estatal y delegan algunas funciones (Jornadas Estatales, revista…), manteniendo siempre el respeto a la autonomía de las organizaciones miembro. La composición de los órganos de gobierno, la forma de elegir los representantes y de gestionar las actividades son el reflejo del carácter confederal del Forum Estatal. La solidez de los Foros Territoriales es el prerrequisito para sustentar la solidez del Forum Estatal. La conciencia personal y grupal por parte de los representantes de ser portavoces de los Foros Territoriales a los que pertenecían es importante para saber qué decisiones del Consejo precisan consulta previa.
Palabras clave: Federación de carácter confederal, Foros Autonómicos y/o Territoriales, Forum Estatal, European Forum, Órganos de gobierno.
Han pasado más de 30 años desde que se gestó la idea y echó a andar el Forum Europeo de Administradores de la Educación en España. Los contextos y las necesidades van cambiando, las personas que iniciaron el proyecto fueron relevadas por otras y las entidades se van actualizando y redefiniendo constantemente. Así es y debe ser. Pero la teoría del cambio nos dice que, junto al inevitable carácter histórico de las entidades, conviene hacer de vez en cuando un alto en el camino para evaluar la coherencia del proceso con respecto a la razón de ser de la entidad.
Este relato no pretende más que enriquecer la memoria histórica, consciente de que ni la razón de ser del Forum tiene lectura única, ni la valoración ha de conducir forzosamente a una vuelta mimética a los orígenes. Este relato, que se circunscribe al Forum Estatal y de forma indirecta al European Forum, está basado en los hechos vividos personalmente en la primera década y en la interpretación de los mismos desde mi atalaya. Es decir, desde los inicios (1987-1988) hasta la finalización de mis responsabilidades representativas (1996). Se trata de un testimonio sin duda parcial y que puede ser completado y matizado desde otras miradas.
Para facilitar la lectura, al Forum Europeo de Administradores de la Educación en el Estado Español en adelante se le llamará FEAE o Forum Estatal, y EFEA o European Forum al European Forum on Educational Administration, que agrupa al conjunto de Foros Estatales de Europa adheridos como federación.
Gestación y constitución
El Forum Europeo de Administradores de la Educación en España (FEAE) se gesta y constituye entre 1987 y 1988.
Su gestación tiene lugar en el País Vasco, en abril de 1987, en torno a un Congreso organizado por la Federación de Ikastolas sobre “Autonomía y control de la escuela pública en Europa”. Entre los ponentes están Hermann Avenarius de Alemania, a la sazón presidente del EFEA y Théo Liket de Holanda, su anterior presidente. Estos ponentes presentan la idea del Forum y el interés por su extensión en España a los directores del congreso: Xabier Garagorri, colaborador de la Federación de Ikastolas y profesor del departamento de Didáctica y Organización Escolar en la Universidad del País Vasco y Josep María Domènech, profesor del departamento de Educación Comparada en la Autónoma de Barcelona.
La iniciativa para la constitución del FEAE la asume Josep María Domènech, quien se pone en contacto con el Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya e impulsan lo que será el grupo promotor del Forum. El núcleo lo forman personas significativas del Departamento de Educación de la Generalitat, profesores de la Universidad Autónoma, e inspectores y directores de centros educativos, todo ello en estrecha coordinación con el País Vasco. Desde sus inicios se tiene muy claro que para la extensión del Forum en las distintas autonomías y territorios de España era imprescindible asegurar en el equipo promotor la presencia y cobertura de otros territorios. Se establece contacto desde Catalunya con el Ministerio de Educación para solicitar su colaboración con el fin de sugerir la persona que pudiera formar parte del grupo promotor. Esta persona es Manuel Álvarez.
El núcleo promotor del Forum está formado por personas procedentes de Catalunya, País Vasco y Madrid, con la clara intención de extenderlo al resto de comunidades del Estado Español. Hay desde el comienzo interés por la colaboración con las instituciones, pero las personas ligadas al Forum participan a título personal, sin representar a ninguna institución o colectivo. Esa es una de las ideas clave de la identidad del Forum.
Para la constitución del FEAE hay dos grandes hitos: el encuentro, en mayo de 1988, con el Forum de Francia en el Centro Internacional de Estudios Pedagógicos (CIEP) de Sèvres, y, sobre todo, la asamblea constituyente, en noviembre de 1988, en el Museo Picasso de Barcelona.
Para poder adherirse al EFEA se precisaba el apadrinamiento de otro país. El encuentro con el Forum de Francia en el CIEP (mayo 1988) cumplía con este ritual. Nos informaron sobre la reforma educativa que acababa de ponerse en marcha en el sistema francés y sobre todo nos facilitaron una información muy detallada del Forum Europeo de Administradores de la Educación que en Francia tenía una muy consistente implantación sobre todo en el ámbito de la dirección e inspección educativas. El rol de padrinazgo ejercido por el Forum de Francia, le correspondió más tarde al Forum de España con respecto al Forum de Portugal.
La constitución propiamente dicha del FEAE se realizó en la I Jornada estatal que tuvo lugar en el Museo Picasso de Barcelona (11 al 13 de noviembre 1988). En la primera parte de la Jornada se trató sobre el tema de “Modelos de escuela” y en la segunda parte tuvo lugar la asamblea constituyente. Se presentó y debatió una propuesta de Estatutos y se eligió el Consejo General (presidente, vicepresidente y miembros). Con respecto a la propuesta de Estatutos se tomó la decisión de adoptarlas como referencia, pero no aprobarlas hasta que hubiera un número suficiente de foros autonómicos y/o territoriales con sus respectivos Estatutos aprobados.
Cuadro 1: Constitución y Estatutos de los Foros Autonómicos y/o Territoriales
Constitución de los Foros Autonómicos y/o Territoriales | Aprobación de | Número de socios en 1996 | |
1988 Cataluña | Cataluña, 7 de abril – 1994 | Cataluña | 153 |
1988 Madrid | Madrid, 24 de abril – 1991 | Madrid | 65 |
1990 Euskal Herria | Euskal Herria, 21 de febrero – 1991 | Euskal Herria | 54 |
1992 Valencia | Valencia, marzo – 1992 | Valencia | 75 |
1992 Murcia | Murcia, 22 de diciembre – 1992 | Murcia | 65 |
1992 Aragón | Aragón, 7 de octubre – 1993 | Aragón | 43 |
1993 Galicia | Galicia, 24 de abril – 1994 | Galicia | 58 |
1993 Andalucía | Andalucía, 16 de mayo – 1995 | Andalucía | 44 |
1993 Canarias | Canarias, 23 de enero – 1995 | Canarias | 54 |
1995 Asturias | Asturias, 26 de febrero – 1996 | Asturias | 28 |
Federación de carácter confederal
Una de las características clave para entender la identidad del Forum desde sus inicios es su carácter confederal. Si en la asamblea constituyente del FEAE que se celebró en Barcelona en 1988 se hubiera aprobado el estatuto que se propuso, se hubiera optado por la forma de organización federal. El estatuto del Forum Estatal sería el estatuto marco para todos los Foros Autonómicos y/o Territoriales1, por lo que éstos podrían actuar de forma descentralizada en aquellas competencias acordadas con el Forum Estatal. Pero la decisión fue retrasar la aprobación de los estatutos del Forum Estatal hasta que se constituyeran los Foros Territoriales y aprobaran previamente sus propios estatutos. Los estatutos del Forum Estatal se aprobaron en mayo de 1996 y los Foros Territoriales que se señalan en el cuadro son quienes constituyen por “delegación” el Forum Estatal.
El Forum Estatal es una federación de carácter confederal. Los Foros Territoriales siguen siendo soberanos y “delegan” (Preámbulo) algunas funciones “para la representación, coordinación e información de actividades generales y comunes a las organizaciones que la integren” (Art. 1). Las actividades generales y comunes se explicitan en los fines de la Federación (Art. 4), subrayando que el “principio esencial de la Federación es el respeto máximo a la autonomía de las organizaciones miembro”.
El sistema de financiación es un buen indicador del carácter confederal del FEAE. Cada Forum Territorial gestiona su propio sistema de financiación mediante la recaudación de cuotas. Una parte de la cantidad total de la cuota, que se decide en los órganos de cada Forum Territorial, sirve para la financiación de los gastos propios, y otra parte, que se decide en los órganos del Forum Estatal, sirve para la financiación de los gastos comunes. Entre los gastos comunes se incluía el coste de la inscripción a la revista “Organización y Gestión Educativa” y la cuota por ser socio del EFEA.
Órganos de gobierno
La relevancia del carácter confederal del FEAE en el Estado Español que se proclama en sus Estatutos como “principio esencial”, se refleja de forma operativa en las características y funcionamiento de sus órganos de gobierno y en su funcionamiento. En los Estatutos del Forum Estatal aprobados en 1996 se describen de forma detallada la definición, composición, designación y funciones de los órganos de gobierno. A continuación, se hace una lectura más general desde una perspectiva que trata de buscar sentido.
El Consejo general es el órgano supremo de la Federación. Dado que son los Foros Territoriales quienes constituyen por delegación el Forum Estatal, son los representantes de todos los Foros federados que han sido designados por cada uno de ellos los que conforman el Consejo General.
Esta forma de organización presupone que los representantes de cada Forum Territorial son portavoces de las decisiones tomadas previamente en cada uno de ellos. La conciencia personal y grupal por parte de los representantes de ser portavoces de los Foros a los que pertenecen es importante para saber qué decisiones del Consejo precisan consulta previa. En la práctica sólo en las decisiones de calado se recurría a ese procedimiento. La mayoría de las decisiones del Consejo general tenían que ver con el funcionamiento operativo habitual relacionado con las actividades acordadas en los fines, por lo que los representantes cumplían con su función informando a sus representados.
Los representantes de las Foros Territoriales en el Consejo general nombran, de entre sus miembros, al Presidente y al Vicepresidente de la Federación. Al cesar el Presidente de la Federación pasa a ocupar la presidencia el Vicepresidente de la Federación.
La elección de la presidencia suele ser con frecuencia fuente de conflictos ya que las mayorías se suelen tender a imponerse a las minorías. Para evitar las luchas de poder y la división interna en grupos, se consensuó que la presidencia fuera rotativa siguiendo el orden temporal de la constitución de los Foros. Por otra parte, siguiendo el buen hacer aprendido del EFEA, los cargos de presidencia y vicepresidencia conforman un tándem, de forma que el vicepresidente sustituye automáticamente al presidente, lo que facilita la continuación de las funciones y actividades sin rupturas.
Cuadro 2: Carácter confederal de la federación de los Foros Autonómicos y/o Territoriales
Preámbulo Los Foros Europeos de Administradores de la Educación autonómicos y/o territoriales del Estado español, conscientes de su responsabilidad social, han decidido la constitución del Forum Europeo de Administradores de la Educación Estatal, que, representará y asumirá de forma unitaria sus intereses comunes y generales por delegación de las organizaciones citadas. Se proclama como principio esencial de esta Federación el respeto máximo a la autonomía de las organizaciones miembro, sin otras limitaciones que las expresamente establecidas en estos Estatutos. |
Artículo 1 Con la denominación de “FORUM EUROPEO DE ADMINISTRADORES DE LA EDUCACION EN EL ESTADO ESPAÑOL”, en lo sucesivo la Federación, se constituye una asociación privada, sin ánimo de lucro, de carácter federativo, para la representación, coordinación e información de actividades generales y comunes a las organizaciones que la integren, en relación con la administración, gestión y organización educativa. |
Artículo 4 Los fines fundamentales de la Federación son: b) Establecer y desarrollar contactos entre personas y entidades interesadas en materia de administración educativa a fin de llevar a cabo actividades en el campo de la educación y la cultura. e) Promover la formación de grupos que desarrollen actividades relacionadas con el ámbito de la administración educativa. f) Mantener vínculos con organizaciones internacionales con objetivos similares y facilitar entre las mismas los intercambios y actividades pertinentes relacionadas con la materia. g) Participar en las actuaciones dirigidas a impulsar la renovación pedagógica y la mejora de la calidad educativa. i) Realizar actividades de formación continua dirigida al profesorado de los distintos niveles y etapas educativas y otros profesores que intervienen en el sistema educativo, mediante gestión propia o convenida con otros organismos, entidades, o asociaciones públicos y privados. Como ha quedado expresado anteriormente, y como principio esencial a la Federación, se proclama el respeto máximo a la autonomía de las organizaciones miembro, que no tendrá otras limitaciones que las expresamente establecidas en los presentes Estatutos. Con el mismo carácter esencial se establece que la Federación únicamente asumirá los intereses comunes y generales de las organizaciones federadas. |
(Estatutos del FEAE, 1996)
No cabe duda de que el formato de organización confederal es una de las maneras más genuinas de plasmar los principios de la democracia, pero es compleja y no está exenta de dificultades. Precisa sobre todo de un fuerte grado de confianza y transparencia entre sus miembros federados.
La cuestión de cómo actuar en el Consejo General en caso de discrepancias y conflictos entre las organizaciones federadas fue uno de los temas más debatidos en la fase de preparación de los Estatutos. La solución acordada fue la creación del Consejo de Conciliación, formada por cinco personas elegidas por el Consejo General, con la función de emitir, con carácter preceptivo, aunque no vinculante, informe o parecer en los casos de discrepancias respecto a cuestiones de una cierta trascendencia.
No hubo ocasión de recurrir al Consejo de Conciliación en el período que me correspondió y desconozco el uso dado a este recurso, pero es una solución que considero acertada para tratar de evitar las rupturas entre sus miembros. El modelo de organización confederal tiene su mayor virtualidad en el hecho de aunar voluntades autónomas en aquellas cuestiones que son de interés común y quedan doblemente reforzadas y legitimadas con la aprobación del Forum Autonómico y del Estatal, pero tiene precisamente su fragilidad en la ausencia de poder directo de los órganos de gobierno de la Federación. La previsión de un órgano con funciones de mediación es una buena solución para la resolución de conflictos.
Cuadro 3: Cargos de presidencia y vicepresidencia del FEAE
Años | Presidencia | Vicepresidencia |
1988-1991 | Forum de Catalunya2: Josep Maria Domènech y Lluis Busquets | Forum de Madrid: Manuel Álvarez |
1991-1993 | Forum de Madrid: Manuel Álvarez | Forum del País Vasco: Xabier Garagorri |
1993-1995 | Forum del País Vasco: Xabier Garagorri | Forum de Valencia: Laura Ruiz |
1995-1997 | Forum de Valencia: Laura Ruiz | …. |
Mirando la iniciativa de la opción confederal con la distancia del tiempo, pienso que no es ajena al contexto histórico de las aspiraciones democráticas recién inauguradas tras el franquismo y de la búsqueda de formas de convivencia entre las Autonomías y el Estado que sigue todavía sin resolverse